Resolución Nº 44 I.E.R.I.C.(B.O. Nº 35.060 del 2022-12-02)
Aranceles de Inscripción, de Renovación Anual, de Levantamiento de Baja Empresaria voluntaria y Emisión de Credencial de Registro Laboral. Nuevos importes.. Mediante esta norma se establece el importe en concepto de Arancel por Inscripción en las siguientes sumas: a) para empresas Tipo A Pesos CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS ($ 41.500.-), b) para empresas Tipo B Pesos OCHENTA Y TRES MIL ($ 83.000.-).
Se fija el importe en concepto de Arancel por Renovación Anual en las siguientes sumas: a) para empresas... >
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Resolución Nº 1.642/2009 (S.R.T.) (B.O. Nº 31.788 del 2009-11-25)
Créase la Comisión de Trabajo para Empresas con Establecimientos que Registren Alta Siniestralidad en la Actividad de la Construcción.. Por medio de la presente norma se crea la "Comisión de Trabajo para Empresas con Establecimientos que registren Alta Siniestralidad en la actividad de la Construcción". A tal efecto, resulta conveniente invitar a conformar una Comisión de Trabajo con la participación activa de los actores sociales que intervienen en esta actividad, a fin de instrumentar un procedimiento, con el... >
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Resolución Nº 37/2009 (S.S.S.) (B.O. Nº 31.786 del 2009-11-23)
Prestaciones previsionales de los Trabajadores de la Industria de la Construcción. Modifícase la Resolución Nº 18/2009.. Por medio de la presente norma se sustituye el apartado 4) del Anexo aprobado por el artículo 1º de la Resolución Nº 18/2009 (S.S.S.), estableciendo que cuando se acrediten servicios, por un tiempo inferior al mínimo de 12 años dentro de los últimos 15 inmediatos anteriores al cese o a la solicitud de beneficio, y alternadamente otros de cualquier naturaleza, a los fines del otorgamiento de... >
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¿Un empleado de la construcción que posee una antigüedad de 7 meses, tiene derecho a la indemnización por despido, además del fondo de desempleo?
Los trabajadores de la construcción no están incluidos en la Ley de Contrato de Trabajo, por lo tanto no tienen derecho al cobro de la indemnización por antigüedad. Por la Ley Nº 22.250 tienen derecho al del fondo de desempleo. >
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1. INTRODUCCIÓN
A través de la Ley Nº 26.494 (B.O. del 22/04/2009) se implementó un régimen previsional diferencial para los trabajadores de la construcción, quienes podrán acceder a la jubilación cuando alcancen la edad de cincuenta y cinco (55) años, sin distinción de sexo. [[{La posibilidad de acceder al beneficio jubilatorio a la edad de cincuenta y cinco (55) años significa el reconocimiento de una actividad laboral que, por sus características particulares, expone a los trabajadores a un esfuerzo físico que, con el transcurso de los años, limita sus condiciones de... >
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